Me consultan todo el tiempo con la misma pregunta: «Presenté los papeles para la ciudadanía argentina —no sé si antes o después del DNU 366/2025— y no tengo idea de qué pasa con mi expediente. ¿Está en un juzgado? ¿En Migraciones? ¿Existe todavía?».

Si estás en esa situación, este artículo es para vos. Acá explico cómo entender qué pasó realmente con tu expediente en el último año. Y qué se puede hacer ahora, cuando después de los fallos Volosh y Yang Liping los juzgados vuelven a tener fundamentos para tramitar la ciudadanía.

⚡ Respuesta corta: El destino de tu expediente depende, antes que nada, de la fecha: si se presentó antes o después del 29 de mayo de 2025, y si se inició en un juzgado o en Migraciones. Un trámite en Migraciones casi seguro está «congelado»: en más de un año el organismo no resolvió en cuanto al fondo ni un solo caso de ciudadanía. Una causa en un juzgado pudo ser rechazada invocando el decreto, quedar trabada o, menos veces, seguir su curso. Para casi todos estos escenarios hoy hay una herramienta procesal para destrabarla. Pero solo, sin abogado, no se puede: la primera presentación ante la mesa de asignación de causas ya exige firma de abogado.

Lo primero: cuándo empezó tu expediente

La fecha clave es el 29 de mayo de 2025, el día en que entró en vigencia el DNU 366/2025. DNU es un decreto de necesidad y urgencia: una norma con fuerza de ley que dicta el Presidente sin el Congreso. De esa fecha depende casi todo lo demás.

Si la solicitud se mandó a la mesa de asignación de causas de la Cámara Civil y Comercial Federal antes de esa fecha, es muy probable que el sorteo del juzgado se haya hecho con las reglas anteriores. Pero hay un matiz. Si se presentó en los últimos días de mayo, el sorteo pudo hacerse técnicamente después del 29, simplemente porque el sistema no llegó a procesarla en el día.

Esto importa: la fecha de presentación y la fecha del sorteo no son lo mismo, y los juzgados no siempre hicieron esa distinción de buena fe. Las causas iniciadas antes del 29 de mayo de 2025 se rigen por el régimen anterior, así que guardá cualquier constancia de la presentación temprana: comprobante, mail, captura del sistema.

📌 De la práctica: Con este argumento impugnamos rechazos muchas veces. Si la solicitud se presentó objetivamente antes del 29 de mayo y el juzgado se apoyó solo en la fecha posterior del sorteo para rechazar, es un fundamento propio y de peso para apelar, no un motivo para aceptar el rechazo.

Si la causa se inició después del 29 de mayo, la conversación es otra, pero tampoco está todo perdido, como explico más abajo.

Expediente de ciudadanía argentina en un juzgado: qué escenarios hay

Si tu solicitud llegó a la mesa de asignación y se sorteó el juzgado, después pudieron pasar varias cosas.

El juzgado tomó la causa. Es el mejor escenario. Pasaba a veces incluso antes de los fallos Volosh y Yang Liping, pero era raro. Si es tu caso, lo más probable es que el expediente siga avanzando normalmente.

El juzgado se declaró incompetente invocando el decreto y archivó la causa. Es el peor de los escenarios típicos, pero no es un callejón sin salida: hoy hay fundamentos para pedir que el juzgado vuelva a asumir la competencia y retome la causa.

El juzgado rechazó, pero la causa no se archivó y simplemente «quedó colgada», a la espera de que hagas algo vos o de lo que decida la Cámara.

El rechazo se apeló y la causa fue a la Cámara. Ahí pudo recibir la orden de volver a primera instancia para tramitarse, o quedar también suspendida a la espera de una postura general de la Cámara sobre la constitucionalidad del decreto.

El juzgado está obligado a resolver: no puede desentenderse de la causa sin una resolución formal sobre su propia incompetencia. Por eso, incluso un expediente «trabado» casi siempre se puede y se debe destrabar por la vía procesal. Por qué se frenan las causas y cómo se destraban lo explico en «Expediente de ciudadanía argentina que no avanza: por qué pasa y qué hacer en 2026».

📌 ¿No sabés cuál de estos escenarios es el tuyo? Mandame el número de expediente o copia de la última resolución del juzgado, y te digo en qué etapa está y qué se puede hacer ahora.

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El juzgado se declaró incompetente: qué significa y qué sigue

Si el juez dijo formalmente que la ciudadanía no es de su competencia (incompetencia en razón de la materia), te mandaba a la Dirección Nacional de Migraciones, el organismo que el decreto declaró competente. No es un rechazo de la ciudadanía en cuanto al fondo: el juez solo decidió que no se considera habilitado para tramitar la causa.

Con un buen patrocinio, esa resolución se apela. Después hay varias posibilidades. La Cámara puede obligar al juzgado a tomar la causa, sobre todo ahora, que ya hay precedentes sobre la inconstitucionalidad del decreto. Puede rechazar la apelación y confirmar. O puede —y esto pasó mucho en 2025 y 2026— poner la cuestión en pausa. La Cámara esperaba a que se asentara la jurisprudencia sobre el decreto, para no resolver hoy una cosa y mañana la contraria. Qué hacer después de un rechazo y qué plazos corren lo explico en «Qué hacer después del rechazo de la ciudadanía argentina: plazos, recursos y estrategia».

🗣️ Te lo digo con franqueza: Muchas de esas «pausas» fueron una decisión pensada de las cámaras y no lentitud burocrática: no querían contradecirse a sí mismas a los pocos meses. Ahora que el criterio de Volosh y Yang Liping está formado, esas causas en general empezaron a moverse.

Si el rechazo ya quedó firme

Es el escenario más difícil: el juez rechazó, la resolución se apeló (o no se apeló a tiempo) y quedó firme.

Si todavía se puede apelar, se puede intentar reactivar la causa por la vía de la apelación común. Por ejemplo, cuando no hubo una notificación válida y, por lo tanto, el plazo para apelar formalmente no empezó a correr.

Si la resolución está realmente firme, es más complicado, pero no imposible. Ante circunstancias nuevas —y la aparición de jurisprudencia sobre la inconstitucionalidad del decreto es justamente eso— hay herramientas procesales para buscar una revisión.

No voy a detallar acá toda la argumentación ni los pasos procesales concretos: eso ya es estrategia para cada caso, no una guía general. Contame tu situación y te digo qué opciones se aplican a tu caso.

📋 Caso real — una causa de refugio

Me consultó un extranjero que tenía residencia temporaria por su condición de refugiado. Cumplido el tiempo de residencia necesario, pidió la ciudadanía no en un juzgado, sino directamente en Migraciones, y ahí el trámite no se movía. Reclamos administrativos, pedidos de pronto despacho (el pedido formal para que la administración resuelva) y hasta un amparo por mora administrativa no dieron resultado.

Cuando salieron los fallos Volosh y Yang Liping, fuimos a la Cámara pidiendo que se declarara inconstitucional el decreto para este caso y que la causa pasara a la Justicia. El juzgado de primera instancia primero no quiso asumir la competencia; también apelamos esa decisión, y la Cámara le ordenó tramitar la causa.

💡 Qué muestra este caso: incluso un trámite que pasó casi un año en la «caja negra» administrativa de Migraciones sin un solo movimiento se puede volver a llevar al plano judicial. Pero solo con una serie ordenada de presentaciones, no con un único escrito.

Trámite en Migraciones: qué pasa realmente

Según el texto del decreto 366/2025, la solicitud de naturalización se presenta ante Migraciones por el sistema RaDEX, con residencia temporaria o permanente y dos años de residencia legal sin ninguna salida. Así figura todavía el trámite en el sitio oficial del organismo. Pero en la práctica los tribunales siguen otro criterio y vuelven a tramitar ellos la ciudadanía. Hoy conviven dos regímenes.

Si, siguiendo el texto formal del decreto, presentaste la solicitud directamente en Migraciones, la información que tengo no es la más alentadora, pero es honesta. En todo el tiempo de vigencia del decreto —más de un año— no conozco un solo expediente que Migraciones haya resuelto en cuanto al fondo. Al organismo le faltó reglamentación, infraestructura y, por lo visto, voluntad real de ocuparse.

Un trámite de ciudadanía en Migraciones, en la enorme mayoría de los casos, no «avanza lento»: directamente no avanza. Qué hacer cuando el organismo no contesta lo explico en «Migraciones no responde: por qué pasa, cuándo preocuparse y qué hacer paso a paso». El pronto despacho y el amparo contra Migraciones pueden obligar al organismo a contestar, pero no garantizan que te den la ciudadanía.

El único camino realista hoy es llevar el caso a la Justicia, con los mismos argumentos sobre la inconstitucionalidad del decreto.

Cómo entender las últimas anotaciones del expediente

Muchos clientes reciben copia de una resolución del juzgado y no entienden qué significa. Es normal: hasta una anotación corta en el expediente puede tener consecuencias serias. Estas son las más frecuentes en las causas de ciudadanía.

  • Auto de inicio: el juzgado da por iniciada la causa. Es un paso importante, pero todavía no es la ciudadanía.
  • Previo a proveer: antes de seguir, el juzgado pide que cumplas algo o presentes algo. Hay que leer con atención qué exactamente.
  • Adecúe la demanda: el juzgado pide ajustar la presentación a los requisitos. Después de la reforma, muchas veces tiene que ver con cómo se planteó la inconstitucionalidad del decreto.
  • Vista al Ministerio Público Fiscal: la causa va al fiscal para que opine. Todavía no es una decisión del juez.
  • Declárase incompetente: el juzgado considera que no le corresponde tramitar la causa. Se apela.
  • Elévese a la Cámara: la causa pasa a la Cámara de Apelaciones.
  • Archívese: la causa se archiva. Antes de darla por terminada, hay que ver por qué motivo.
  • Autos para resolver: el juzgado se prepara para dictar la resolución.

🚨 Momento crítico:

Los plazos para apelar las resoluciones del juzgado son muy cortos: se cuentan en días desde la notificación. Si recibiste un «declárase incompetente» o un «archívese», mostráselo a un abogado en el momento, no cuando tengas tiempo.

¿Hay que empezar la causa de nuevo?

Todo depende de si ya se asignó un juzgado.

Si se hizo el sorteo y hay juzgado asignado —no importa si rechazó, suspendió o sigue tramitando—, en general no hace falta empezar de cero. Hay que actuar ante ese mismo juzgado, buscando que asuma la competencia.

Volver a presentar en la mesa de asignación para un nuevo sorteo hace falta solo en un caso: si el rechazo del juzgado ya fue confirmado por la Cámara y quedó firme. Entonces formalmente hay que iniciar de nuevo. Pero, y esto es importante, no es lo mismo que volver a juntar toda la documentación (más sobre esto abajo).

Si finalmente hay que empezar de nuevo, las reglas para definir el juzgado competente y la documentación son las mismas que para una presentación nueva.

📌 Si ya tenés una causa, no empieces de cero hasta saber qué pasó con la anterior. Para un primer análisis suele alcanzar con saber: cuándo presentaste; si fue en un juzgado o en Migraciones; si se asignó un juzgado federal; si hubo una resolución de incompetencia o de rechazo; si se apeló; si recibiste notificaciones después. Con esos datos primero se reconstruye la historia procesal de la causa. Y recién después se decide si hay que reactivarla, apelar la resolución o iniciar una nueva.

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¿Puede haber dos causas en paralelo?

No. Cuando la solicitud llega a la mesa de asignación, el sistema verifica automáticamente si ya existe una causa a ese nombre y con ese documento, justamente para evitar duplicaciones. Si ya hay juzgado asignado, en general no se hace un nuevo sorteo: la causa vuelve al mismo juez.

En esta etapa no se puede recusar al juez sin causa: eso solo se podía hacer en la primera presentación. Pero si realmente hay que iniciar de nuevo después de un rechazo firme, el mismo juez puede volver a tramitarla, ya con los nuevos argumentos basados en Volosh y Yang Liping.

¿Hay que volver a juntar todos los documentos?

En la mayoría de los casos, no. La traducción y legalización del pasaporte y de la partida de nacimiento, el certificado de antecedentes, los comprobantes de ingresos y de domicilio: si ya se presentaron en el juzgado, siguen valiendo y el juzgado no obliga a presentarlos de nuevo. La lista completa está en «Documentos para la ciudadanía argentina: lista completa 2026».

La excepción es que el propio juzgado pida un certificado actualizado. Por ejemplo, un certificado de antecedentes nuevo o una constancia del domicilio actual, para confirmar que sigue siendo competente por territorio. El resto de la información (RENAPER, Registro Civil, bases policiales, etc.) el juzgado en general la obtiene directamente por oficio, no a través del solicitante.

¿No sabés dónde está tu expediente? No lo busques solo

Es una situación sorprendentemente frecuente. La persona presentó papeles no sabe bien si en la mesa de asignación o directamente en Migraciones, recibió respuestas confusas o ninguna. Y hoy no sabe en qué etapa está su causa ni en qué sistema figura.

Conviene ver esto con un abogado y no solo. Y no porque sea imposible sin un profesional. Sino porque cualquier presentación dentro del sistema judicial hoy exige la firma no solo del solicitante, sino también del abogado: está previsto ya en los formularios que recibe la mesa de asignación. Sin abogado, el trámite queda bloqueado en lo técnico.

¿Esperar o actuar ya?

Hoy, después de Volosh y Yang Liping, la situación volvió de hecho, en buena medida, al régimen anterior a la reforma de 2025, aunque formalmente el decreto no fue derogado. Pero yo no contaría con que esto dure para siempre. El Estado ya recurrió los fallos, la cuestión llegó a la Corte Suprema y no se descartan nuevas iniciativas normativas.

Lo que se sabe al 22 de octubre de 2026: en el caso Yang Liping, la Cámara Nacional Electoral concedió el 24 de septiembre de 2026 el recurso extraordinario del Ministerio de Seguridad Nacional y de Migraciones ante la Corte Suprema. El expediente está en estudio en una secretaría de la Corte, y todavía no hay decisión de fondo. Los fallos de las cámaras no obligan a otros jueces, pero los jueces tratan de seguir esa línea.

Por eso mi consejo práctico para quien tiene una causa sin terminar: no esperes, actuá ahora, mientras esta ventana procesal está abierta. Cuánto puede tardar la causa una vez reactivada lo explico en «Cuánto tarda la ciudadanía argentina: plazos reales y tres casos de la práctica». En promedio, un año a un año y dos meses, con un rango de cuatro meses a dos años y medio.

Si todavía no presentaste nada

Si antes no cumplías las condiciones —no tenías dos años de residencia continua ni una causal de excepción por matrimonio o hijo— y ahora finalmente las cumplís, no tiene sentido postergarlo. ¿Te preocupa no tener residencia permanente? Lo explico en «¿Se puede obtener la ciudadanía argentina sin residencia permanente?». Las excepciones por matrimonio e hijo se vuelven a invocar en los juzgados, pero el punto todavía no está resuelto del todo; más en «Ciudadanía argentina para la familia: hijos y matrimonio».

Los dos años siguen siendo obligatorios. Pero en el juzgado vuelve a contar el tiempo con residencia precaria (el certificado provisorio que se entrega mientras se tramita la residencia), y el juez evalúa las salidas caso por caso. Cómo funciona lo explico en «Cuánto tiempo hay que vivir en Argentina para la ciudadanía: dos años, precaria y salidas».

Presentarse en Migraciones no tiene perspectiva, por las razones que expliqué. El camino razonable hoy es iniciar directamente la causa judicial.

Preguntas frecuentes

Me rechazaron en el juzgado antes de los fallos Volosh y Yang Liping. ¿Se puede revisar ahora?

Si la resolución todavía no está firme, sí: hay fundamentos para apelar apoyándose en la nueva jurisprudencia. Si ya está firme, es más complicado, pero la aparición de jurisprudencia sobre la inconstitucionalidad del decreto puede considerarse una circunstancia nueva que permite pedir una revisión.

Mi trámite está en Migraciones. ¿Conviene esperar a que empiecen a resolver?

No te lo recomendaría. En más de un año de vigencia del decreto, ningún expediente que yo conozca fue resuelto en cuanto al fondo por Migraciones. Es más razonable buscar ahora que el caso pase a la Justicia.

¿Voy a tener que juntar de nuevo todos los documentos si se reactiva la causa?

En general, no: los documentos ya presentados y legalizados siguen valiendo. Solo se vuelve a pedir algo si el juzgado lo considera necesario, por ejemplo para confirmar el domicilio actual.

¿Puedo presentarme a la vez en un juzgado y en Migraciones?

En la práctica a veces pasa, y no genera una duplicación de causa en sentido jurídico. Pero exige una estrategia pensada: si no, una de las vías pierde sentido y la otra se complica. Conviene hablarlo antes con un abogado.

No sé dónde está físicamente mi expediente. ¿Qué hago primero?

No intentes averiguarlo solo llamando a distintas oficinas: consultá a un abogado. Cualquier pedido sobre el estado de la causa hoy exige firma de abogado, así que sin él el trámite directamente no arranca.

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Sobre el autor

Dr. Oleg Shcherbakov — abogado, más de 18 años de práctica judicial y migratoria en Argentina. Los materiales del blog se basan en casos reales y se actualizan junto con la legislación.

📌 ¿Tu expediente de ciudadanía está parado? Contame cuándo y dónde presentaste y cuál fue la última resolución que recibiste: te ayudo a reconstruir la historia de la causa y te digo cuál es el primer paso razonable ahora.

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