Actualizado el 23 de octubre de 2026 — con la llegada de la causa Yang a la Corte Suprema y cómo avanzan hoy los expedientes en los juzgados. El contexto general de los cambios está en el artículo «Ciudadanía argentina después del DNU 366/2025: qué resolvieron los tribunales y cómo presentarse en 2026».
Una de las preguntas que más me hacen: «¿Cuánto demora hoy, en serio, la ciudadanía argentina?» La respuesta honesta es «depende». Pero detrás de ese «depende» hay una lógica bien concreta: de qué etapas, qué pedidos de informes y qué factores depende el plazo, y qué se puede acelerar y qué no.
Vamos por partes — teniendo en cuenta lo que cambió después de los fallos en las causas Volosh y Yang, que pusieron en jaque al DNU 366/2025 (decreto de necesidad y urgencia, es decir, un decreto del Presidente con fuerza de ley).
⚡ Respuesta corta: Antes del decreto, un expediente promedio demoraba entre un año y un año y dos meses, con un rango de cuatro meses a dos años y medio según el juzgado. Durante el año y dos meses en que rigió el decreto (mayo de 2025 – junio de 2026), Migraciones no resolvió de fondo ni un solo pedido, y los expedientes judiciales en general quedaron en pausa. Formalmente el decreto no está derogado, pero en la práctica los juzgados volvieron a tramitar los pedidos y los expedientes avanzan. El plazo concreto sigue dependiendo mucho del juzgado, de la cantidad de informes y de lo rápido que contesten los organismos públicos, sobre todo la policía.
📌 ¿Quiere saber en qué etapa está su expediente y por qué no avanza? Envíeme el juzgado, el número de expediente y la última providencia — le digo qué se puede hacer.
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Cuánto demoraba la ciudadanía argentina antes del decreto y qué pasó en la transición
Hasta 2025, el plazo promedio de un expediente de ciudadanía era de alrededor de un año, un año y dos meses. El caso más rápido de mi práctica tardó cuatro meses hábiles; el más largo, dos años y medio. Tres de esos casos los cuento en detalle en el artículo «Cuánto tarda la ciudadanía argentina: plazos reales y tres casos de la práctica».
El plazo dependía mucho del juzgado: cada uno tiene su organización interna, su volumen de informes y su ritmo de trabajo.
De mayo de 2025 a junio de 2026 — o sea, todo el período en que el decreto se aplicaba sin el freno de los tribunales — la situación fue completamente distinta. Cada paso venía acompañado de apelaciones, porque los juzgados tenían que ajustar su actuación a un marco normativo que formalmente le pasaba la competencia a Migraciones.
Mientras tanto, Migraciones no resolvió de fondo ni un solo pedido de ciudadanía en todo ese tiempo: no había reglamentación ni infraestructura para hacerlo. Los expedientes que igual entraban a los juzgados, en su gran mayoría quedaban trabados — en primera instancia o en la cámara —, esperando una posición general sobre la constitucionalidad del decreto.
Hoy conviven dos regímenes. Según el texto del decreto, el pedido se presenta ante Migraciones. Pero en la práctica se presenta ante el juzgado federal, solicitando que se declare inconstitucional el decreto para el caso concreto, y los juzgados lo tramitan.
Si recién está por presentarse
El plazo no depende solo del trabajo del juzgado después de la presentación. Los errores de arranque — competencia territorial mal elegida, documentación incompleta, problemas con las traducciones o la necesidad de probar aparte ciertos hechos — pueden sumarle meses al expediente antes de que empiece a avanzar con normalidad.
Qué documentos hacen falta y dónde se equivoca la gente con más frecuencia lo explico en el artículo «Documentos para la ciudadanía argentina: lista completa 2026». Dónde y cómo presentarse hoy está en el artículo «Ciudadanía argentina después del DNU 366/2025: qué resolvieron los tribunales y cómo presentarse en 2026». La presentación ante el juzgado la firma un abogado.
Qué etapas procesales llevan más tiempo
La etapa más impredecible es la inicial, hasta que se dicta el auto de inicio (la primera providencia, que abre el expediente y le da a la secretaría su hoja de ruta). En algunos juzgados lleva dos semanas; en otros, tres o cuatro meses, y a veces hasta medio año.
Después, el juzgado empieza a librar oficios a los organismos públicos — y ahí arranca una verdadera lotería de plazos. Los organismos comunes contestan en uno a tres meses. Los que más tardan son las dependencias policiales — sobre todo la que junta los datos de cada provincia por separado: la respuesta más larga de mi práctica tardó un año y dos meses.
Otra etapa es la intervención de la fiscalía (Ministerio Público Fiscal). Verifica si se cumplen los requisitos de la naturalización y emite su dictamen. Si la fiscalía tiene objeciones sobre la residencia o las salidas, hay que contestarlas aparte — y eso también es tiempo. Cómo miran el juez y la fiscalía las salidas lo explico en el artículo «Cuánto tiempo hay que vivir en Argentina para la ciudadanía: dos años, precaria y salidas».
Qué informes son los que más se demoran
La Cámara Nacional Electoral suele contestar en alrededor de un mes. Migraciones, de unos días a dos o tres meses, según la carga de trabajo. El RENAPER y el Registro Civil, en promedio uno o dos meses.
Los más lentos y complicados son tres dependencias de la Policía Federal: Interpol, Antecedentes y, sobre todo, Convenio — la dependencia que junta las respuestas de la policía de cada provincia del país. Ahí es donde más se pierde la respuesta.
La provincia no le contestó a la Policía Federal, la Policía Federal no mandó el pedido a las provincias, o lo mandó pero no contestaron todas. Saber dónde se cortó la cadena puede ser muy difícil.
📌 No en todos los juzgados es igual: algunos juzgados directamente dejaron de pedir el informe a esa dependencia policial tan lenta, porque la misma información se verifica igual en otras bases de datos. En esos juzgados los expedientes avanzan, en promedio, más rápido.
Qué puede hacer el propio solicitante para no perder tiempo
Evitar del todo las demoras es imposible — una parte es objetiva: los juzgados están sobrecargados, y un pedido presentado hoy no se va a resolver hoy. Eso hay que tomarlo con comprensión y una buena dosis de paciencia.
Pero hay demoras de otro tipo. La mala organización, la falta de un juez titular (cuando el expediente lo lleva un subrogante que va poco al juzgado), que el solicitante no entienda qué le está pidiendo el juzgado — y, como resultado, un expediente paralizado simplemente porque se cortó la comunicación. Contra esas demoras sí se puede y se debe actuar.
En qué ayuda concretamente el abogado
El papel del abogado en un expediente de ciudadanía se resume en dos palabras: control e impulso. Formalmente, la ley obliga al juzgado a pedir por sí mismo los informes a los organismos públicos (art. 11 de la Ley 346, art. 5 del Decreto 3213/84). Pero en la práctica el proceso necesita el impulso de la parte interesada: el juzgado no va a «apurar» solo su propio expediente. Por eso, si no hay impulso, el expediente se queda quieto.
El abogado entiende la lógica del proceso: distingue un requerimiento real del juzgado de un intento de ganar tiempo o de sacarse de encima al solicitante. Controla los plazos de los organismos públicos y, si no se cumplen, tiene herramientas para que, a través del juzgado, el organismo conteste o haga lo que tiene que hacer.
📋 Caso real — la sentencia que no sale hace años
Tengo un expediente — no de ciudadanía, sino laboral — que hace varios años espera sentencia. El expediente está completo, toda la documentación presentada, las partes hicieron todo lo que se les pidió. El juez me llamó personalmente para pedirme que no lo «bombardeara» con reclamos, prometiendo una decisión pronta — pero la sentencia todavía no salió.
💡 Qué muestra este caso: ni el abogado más diligente e insistente puede obligar a un juez a firmar físicamente un documento si no lo hace. Hay cosas que realmente no dependen ni del abogado ni del solicitante — y con eso hay que trabajar con realismo, no prometiendo lo imposible.
Qué no depende ni del abogado ni del solicitante
El orden interno del juzgado, la fila de expedientes, que el juzgado tenga o no suficiente personal, la velocidad con la que contestan otros organismos — todo eso está fuera del control del abogado y del solicitante.
El abogado puede pedir que se reiteren los oficios y presentar quejas ante los órganos de control: la Superintendencia de la cámara y el Consejo de la Magistratura. En casos extremos, puede iniciar acciones procesales más serias. Pero hacer que un juzgado trabaje físicamente más rápido de lo que le permiten sus recursos es imposible.
📌 ¿Su expediente lleva meses quieto y no sabe por qué? Cuénteme la situación — juzgado, etapa, qué pasó hasta ahora — y le doy una evaluación honesta, sin promesas infladas.
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Qué pasó con los expedientes iniciados antes del decreto
Los expedientes que ya estaban en el sistema judicial cuando entró en vigencia el decreto siguieron tramitando con la redacción anterior de la Ley 346 — la ley no tiene efecto retroactivo. Así lo previó también el propio decreto: los trámites de ciudadanía en curso siguen con la legislación anterior.
Pero el rigor subjetivo de jueces y fiscales creció notablemente en ese período: se volvieron más exigentes con la prueba de la residencia, las salidas y la voluntad de arraigo — la intención real de establecerse en el país.
¿Puede haber ahora un embotellamiento por la cantidad de pedidos?
Sí, es bastante probable. Cuando la cantidad de expedientes que entran se multiplica y la cantidad de empleados que los tramitan sigue igual, se forma una fila interna.
Hoy, en algunos juzgados, esas filas son de tres o cuatro meses: una resolución que formalmente ya podría estar lista espera su turno detrás de los expedientes presentados antes. En general estos embotellamientos se van descomprimiendo con el tiempo, pero mucho depende de la organización interna de cada juzgado.
¿Hay diferencias entre juzgados y jurisdicciones?
Sí, y bastante grandes. Cada juzgado — e incluso cada secretaría dentro de un mismo juzgado — es en los hechos un mundo aparte: distinta velocidad, distinto volumen y tipo de informes, distinta actitud frente a los planteos.
Un juzgado puede no pedir el informe policial más lento, pero exigir un examen de idioma. Otro, no tomar examen, pero demorar uno o dos meses la firma de cada providencia.
La diferencia entre las provincias y Buenos Aires tampoco es tan clara como parece: hay menos juzgados en las provincias, pero también están cargados con otras cuestiones federales además de la ciudadanía. Decir que «en el interior es más rápido» o que «en la Capital es más lento», como regla general, no se puede. Además, el juzgado no se elige por rapidez: hay que presentarse ante el juzgado federal del domicilio (art. 4 del Decreto 3213/84).
¿Puede un abogado garantizar los plazos?
No — y cualquier promesa de ese tipo me parece un engaño liso y llano. Es más, para un abogado es una falta a la ética profesional: el resultado y los plazos del proceso no están en sus manos.
El abogado puede hacer todo para lograr el mejor resultado en el plazo razonable más corto, pero nadie que actúe de buena fe puede garantizar una cantidad concreta de meses.
Cuándo una demora deja de ser normal
Es difícil trazar una línea clara — mucho depende del contexto de cada juzgado y del momento (carga de trabajo, época del año, feria judicial).
Formalmente, la ley fija plazos: el juzgado debe pedir los informes dentro de los tres días y resolver dentro de los 90 días (art. 11 de la Ley 346, art. 5 del Decreto 3213/84). Pero los juzgados aplican los plazos de manera selectiva: a sí mismos, no siempre; a la parte interesada, con rigor. Dónde termina una demora explicable y empieza una inacción injustificada, en realidad solo puede verlo un abogado que lleva este tipo de expedientes en ese juzgado de forma habitual.
Un expediente largo y un expediente paralizado no son lo mismo
Esta diferencia es fundamental. Si el juzgado espera la respuesta a un oficio que realmente se libró, el expediente avanza despacio, pero existe una causa objetiva de la demora.
Muy distinto es cuando el oficio necesario nunca se libró, la respuesta que llegó quedó sin proveer, el juzgado hace rato debería haber dictado la siguiente providencia, o el expediente quedó directamente sin ningún movimiento. Las causas típicas de esa parálisis, sacadas de la práctica, las analizo en el artículo «Expediente de ciudadanía argentina que no avanza: por qué pasa y qué hacer en 2026».
Por eso, antes de reclamar, siempre miro las últimas actuaciones: la fecha y el contenido de la última providencia, qué oficios se libraron y qué respuestas llegaron, si quedan requerimientos del juzgado sin cumplir. De eso depende cuál es el paso siguiente.
Si se trata de un expediente iniciado antes o durante la vigencia del DNU 366/2025 y no está nada claro en qué estado procesal se encuentra, esa situación la explico en detalle en el artículo «Ya presenté la ciudadanía argentina: qué pasa con mi expediente después de los fallos sobre el DNU 366/2025».
Qué herramientas procesales existen contra la parálisis del expediente
De las más suaves a las más extremas: presentaciones formales ante el juzgado, que dejan constancia de la situación y exigen una respuesta oficial; el planteo ante la cámara de apelaciones; las quejas ante los órganos de control — la Superintendencia y el Consejo de la Magistratura —; y, en casos excepcionales, las denuncias por incumplimiento de los deberes de funcionario público.
A las medidas extremas conviene recurrir realmente en último lugar: en los juzgados también trabajan personas, que como todos tienen un límite de fuerzas y de atención. El enfoque de «primero aliado del juzgado, no adversario» casi siempre funciona mejor en la práctica que la confrontación. Y solo si la buena voluntad no tiene respuesta tiene sentido pasar a herramientas más duras.
No hay que confundir esto con el pronto despacho, que es un pedido de pronta resolución en un trámite administrativo ante Migraciones. Es una herramienta contra el silencio del organismo, no contra la demora de un juzgado; cómo funciona lo explico en el artículo «Migraciones no responde: por qué pasa, cuándo preocuparse y qué hacer paso a paso». Cuándo corresponde ir más allá, con un amparo, lo cuento en el artículo «Amparo contra Migraciones en Argentina: cuándo ir a la Justicia en 2026».
Si el juzgado ya rechazó el pedido, es otra historia — sobre los recursos, en el artículo «Qué hacer después del rechazo de la ciudadanía argentina: plazos, recursos y estrategia».
Preguntas frecuentes
¿Cuánto demora hoy, en promedio, un expediente de ciudadanía?
La referencia es de un año a un año y dos meses, como antes del decreto, aunque el rango sigue siendo amplio: de cuatro meses a dos años y medio, según el juzgado y según si hay que apelar un primer rechazo.
¿Cuál suele ser la etapa más larga?
La inicial — hasta que se dicta el auto de inicio —, y también la espera de las respuestas de las dependencias policiales, sobre todo la que junta los datos de todas las provincias.
¿Un abogado puede garantizar un plazo concreto?
No, y un abogado de buena fe nunca lo va a prometer — va directamente en contra de la ética profesional. Los plazos dependen en gran medida del juzgado y de otros organismos públicos.
¿Hay que esperar filas más largas ahora por la cantidad de solicitantes nuevos?
Es posible — un aumento brusco de expedientes con el mismo personal en el juzgado puede alargar los plazos por un tiempo. En general, esos embotellamientos se normalizan con el tiempo.
¿Tiene sentido quejarse por la demora ante los órganos de control?
Sí, pero hay que hacerlo con criterio y entendiendo el contexto — junto con un abogado que sepa distinguir una carga de trabajo explicable de una inacción real de los funcionarios.
Si presenté antes del 29 de mayo de 2025, ¿tengo que empezar todo de nuevo?
No necesariamente. Esos expedientes se tramitan con la redacción anterior de la Ley 346. Primero hay que ver en qué estado está el expediente y qué se resolvió hasta ahora — muchas veces lo correcto es continuar el que ya existe.
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Sobre el autor
Dr. Oleg Shcherbakov — abogado con más de 18 años de práctica judicial y migratoria en Argentina. Los artículos del blog se basan en casos reales y se actualizan junto con la legislación.
📌 ¿Quiere saber cuánto puede demorar realmente su expediente? Cuénteme su situación — y le digo qué esperar y qué se puede acelerar ya mismo.
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